Está en tratamiento en la Comisión de Asuntos Jurídicos e Institucionales del Parlamento del MERCOSUR la “Propuesta de Trabajo para la creación e institucionalización del Parlamento de la UNASUR” (AV/VI SO2007/Nº48).
El texto dice: “Créase, el Parlamento de la Unión de Naciones Suramericanas, como órgano deliberante y representante de los pueblos de Suramérica, que integrará como órgano principal la estructura institucional de la Unión de Naciones Suramericanas y se expresará a través de los Parlamentos de Integración actuando conjuntamente, y con aquellos Congresos que todavía no integren ningún bloque.”
El Parlamento de la Unión de Naciones Suramericanas estará constituido por representantes del Parlamento Andino, el Parlamento del MERCOSUR, y representantes de los Parlamentos de Chile, Guyana y Surinam, que serán elegidos por sufragio universal y secreto de acuerdo a sus propios reglamentos.
Los representantes ante el Parlamento Suramericano, durarán en el cargo el mismo periodo que les corresponda en sus respectivas instancias parlamentarias y de conformidad a lo establecido en sus propios reglamentos.
El Parlamento de UNASUR iniciará actividades a partir de la firma de un tratado, y el respectivo reconocimiento legal y la ratificación de los correspondientes por parte de los Congresos Nacionales.
Dentro de las competencias de dicho órgano en vías de formación figuran:
a) Actuar como órgano deliberante coadyuvando a la promoción y orientación del proceso de integración suramericano;
b) Ejercer el control político a las directrices presidenciales y la fiscalización a los órganos e instituciones de la Unión de Naciones Suramericanas;
c) Emitir opinión previa sobre los instrumentos normativos de carácter vinculante a ser adoptados por los órganos ejecutivos de la Unión de Naciones Suramericanas;
d) Aprobar el presupuesto comunitario;
e) Velar por el fortalecimiento de la democracia en cada uno de los países miembros, el respeto de los derechos humanos, el imperio de la libertad y la justicia social;
f) Abrir espacios de participación y diálogo con la Sociedad Civil;
g) Emitir declaraciones, recomendaciones e informes sobre cuestiones vinculadas al desarrollo de la Unión de Naciones Suramericanas, las cuales deberán ser consideradas por los órganos e instituciones del Sistema;
h) Proponer acciones y proyectos a los órganos ejecutivos de la Unión de Naciones Suramericanas;
i) Promover la creación e implementación de instrumentos de democracia representativa en la Unión de Naciones Suramericanas; y,
j) Darse su propio Reglamento.
Esta iniciativa llega a la comisión con la firma del Vicepresidente del Parlamento del MERCOSUR Roberto Conde y del Presidente del Parlamento Andino Luís Fernando Duque.