Después de ser retirado del Orden del Día de la XIV Sesión Plenaria, por falta de acuerdo político para ser aprobado, el Reglamento del Observatorio para la Democracia volvió a ser debatido en la XVI Sesión Plenaria del Parlamento del MERCOSUR realizada el 16 y 17 de marzo de 2009.
El Observatorio fue creado en la XII Sesión Plenaria por la Disposición 26/2008. Por la propuesta de reglamento el mismo tendría como propósito contribuir para el fortalecimiento de los objetivos del Protocolo de Ushuaia sobre el Compromiso Democrático en el MERCOSUR, en la República de Bolivia y en la República de Chile.
Además de eso, el Observatorio deberá acompañar los procesos electorales en los Estados Partes; coordinar acciones del Cuerpo de Observadores Electorales del MERCOSUR; realizar las actividades y proporcionar los informes que sean solicitados por el Parlamento del MERCOSUR o al menos por el Consejo del Mercado Común (CMC) y presentar un informe anual de sus actividades al Parlamento del MERCOSUR, que será encaminado al Consejo del Mercado Común y a la Comisión de Representantes Permanentes del MERCOSUR (CRPM).
Entre muchos puntos, la propuesta de reglamento prevé un Comité de Dirección que establecerá las pautas y directrices para la programación, ejecución y control de las actividades del Observatorio.
También está prevista la creación de un Foro de Consulta integrado por cinco miembros de cada Estados Parte para establecer el vínculo del Observatorio para la democracia con la Sociedad Civil. Ese Foro podrá ser convocado en carácter extraordinario por los países miembros y por el Comité de Dirección.
La idea es que el Comité del Observatorio se reúna trimestralmente y adopte decisiones en la forma de informes, por mayoría simples, que serán elevados al Plenario del Parlamento del MERCOSUR por intermedio de la Mesa Directiva.
El reglamento del Observatorio para la Democracia, será revisado cumplido los dos años de su puesta en vigencia, para realizarle las mejoras que en su funcionamiento que pueda requerir, según dijo el parlamentario uruguayo Roberto Conde.
El Observatorio fue creado en la XII Sesión Plenaria por la Disposición 26/2008. Por la propuesta de reglamento el mismo tendría como propósito contribuir para el fortalecimiento de los objetivos del Protocolo de Ushuaia sobre el Compromiso Democrático en el MERCOSUR, en la República de Bolivia y en la República de Chile.
Además de eso, el Observatorio deberá acompañar los procesos electorales en los Estados Partes; coordinar acciones del Cuerpo de Observadores Electorales del MERCOSUR; realizar las actividades y proporcionar los informes que sean solicitados por el Parlamento del MERCOSUR o al menos por el Consejo del Mercado Común (CMC) y presentar un informe anual de sus actividades al Parlamento del MERCOSUR, que será encaminado al Consejo del Mercado Común y a la Comisión de Representantes Permanentes del MERCOSUR (CRPM).
Entre muchos puntos, la propuesta de reglamento prevé un Comité de Dirección que establecerá las pautas y directrices para la programación, ejecución y control de las actividades del Observatorio.
También está prevista la creación de un Foro de Consulta integrado por cinco miembros de cada Estados Parte para establecer el vínculo del Observatorio para la democracia con la Sociedad Civil. Ese Foro podrá ser convocado en carácter extraordinario por los países miembros y por el Comité de Dirección.
La idea es que el Comité del Observatorio se reúna trimestralmente y adopte decisiones en la forma de informes, por mayoría simples, que serán elevados al Plenario del Parlamento del MERCOSUR por intermedio de la Mesa Directiva.
El reglamento del Observatorio para la Democracia, será revisado cumplido los dos años de su puesta en vigencia, para realizarle las mejoras que en su funcionamiento que pueda requerir, según dijo el parlamentario uruguayo Roberto Conde.